Extranjería anuncia la eliminación de certificado de antecedentes chileno y otros para diferentes solicitudes

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Varios certificados serán eliminados en para realizar trámites de Extranjería.

Desde el 5 de octubre, todo extranjero que realice los trámites de Permanencia Definitiva, prorroga de Visa Temporal, prorroga de Visa de Estudiante, prorroga de Visa Sujeta a Contrato, Solicitud de Carta de Nacionalización, Rectificación de Certificado de Permanencia y Duplicado de Certificado de Permanencia Definitiva, no necesitarán más realizar presentación de certificado de antecedentes chileno.

A estas eliminaciones, también se suma solicitar el certificado de registro de la última visa en las solicitudes de: Permanencia Definitiva, Prórroga de Visa Temporaria, Prórroga de Visa Sujeta a Contrato, Prórroga de Visa Estudiante y Cambio de Empleador.

Con esto, también se excluye para todos los trámites del Departamento de Extranjería y Migración, el registro y duplicado de registro de Visa. Esta nueva eliminación de documentos es posible gracias a interoperabilidad existente entre DEM y PDI, quienes tramitarán de forma interna dicha documentación.
Así lo confirmó el jefe del Departamento de Extranjería y Migración: “Seguimos avanzando en simplificar los trámites, de manera que el proceso sea más sencillo para el usuario, que debe recopilar y adjuntar menos documentos, más sencillo para el analista, que debe revisar menos requisitos en cada postulación, y más seguro, ya que se recibe la información directamente desde la fuente, dada la interoperabilidad desarrollada con PDI.

Ese es el espíritu del DEM, de buscar mejorar la experiencia del usuario y modernizar el sistema beneficiando a funcionarios, migrantes y disminuyendo la carga burocrática del Estado”.

También, para la Solicitud de la Carta de Nacionalización se dejará de exigir el documento de inscripción en el registro especial, que es obligatorio para ingenieros o técnicos graduados en el extranjero y se encuentran contratados para ejercer en Chile y el certificado de reconocimiento de título profesional o revalidación del título.

En cuanto a lo último, al trámite de Visa Temporaria por primera vez para profesionales y técnicos de nivel superior, se quitará el certificado de reconocimiento de título profesional o revalidación del título profesional, obligatorio para profesionales de la salud y opcional para profesionales de otros rubros.
Además, se eliminará el certificado de vigencia de Permanencia Definitiva del vínculo, este último debo ser residente con su respectiva permanencia Definitiva.

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