¿En que consiste «cotizar»? La obligación de los trabajadores extranjeros en Chile.

Cotizar Chile

 Cotizar Chile

Todos los trabajadores en Chile, tanto chilenos como extranjeros, tienen la obligación legal de destinar parte del sueldo a su jubilación o pensión. Dicho porcentaje consiste en un mínimo de 10% y se debe aportar a una AFP (Administradora de Fondos de Pensión) quien administrará dicho monto para incrementar el rango de su jubilación.

Siendo esa la función principal de la cotización, cabe mencionar que existen otras consecuencias también relevantes. Por ejemplo, en la práctica, el sueldo que uno gana por su empleo se acredita adjuntando las últimas cotizaciones (usualmente tres). Así, en caso que usted quiera arrendar un departamento u obtener un crédito ante una casa bancaria, se le pedirá a usted que demuestre cuales son las últimas imposiciones pagadas a su nombre y así se calculará el sueldo efectivo que usted recibe.

Junto a ello, no solo importa el pago de cotizaciones para instituciones privadas. En Chile, el mismo estado utiliza tal parámetro (cantidad y monto de pago de cotizaciones) para otorgar determinados beneficios y subsidios sociales.

Así, podemos concluir al menos tres efectos importantes del pago de cotizaciones:

  1. Permite ahorrar para la jubilación.
  2. Acredita sueldo y capacidad económica ante instituciones privadas.
  3. Acredita sueldo y capacidad económica ante el estado, y lo habilita para postular a beneficios y programas sociales acorde a su capacidad.

¿A quién le corresponde la obligación de pagar mi cotización?

Aquí debemos distinguir entre trabajadores independientes y dependientes. Si usted es independiente (free-lance, prestador de servicios mediante boleta de honorarios, emprendedor, dueño de su negocio), será obligación suya destinar parte de sus ingresos mensuales a una AFP.

En cambio si usted es empleado dependiente de una empresa privada, contrario a lo que podría pensarse, no es obligación suya el pago de las cotizaciones previsionales sino de su empleador. Es él quien debe declarar y pagar mensualmente las cotizaciones de sus trabajadores, existiendo gravísimas multas en caso que aquel incurra en incumplimiento de dicha obligación. Como la ley considera tan importante este deber, en Chile se declara nulo el despido de un trabajador mientras existan deudas previsionales asociadas a su nombre.

¿Qué diferencias existen en el pago de cotizaciones entre chilenos y extranjeros?

Para responder esta pregunta debemos recordar que el RUT  se obtiene al otorgarse el permiso de residencia temporal (para informarse sobre qué es el Rut en Chile, click aquí). Ello significa que el extranjero puede cotizar en dos situaciones: sin RUT (en trámite) o con RUT.

– Extranjero sin RUT: Si el trabajador extranjero no tiene RUT la AFP le otorgará un RUT provisorio, y sobre este se cotizará. Posteriormente, lo cotizado para el RUT provisorio se agregará a su RUT definitivo.

– Extranjero con RUT: Cotiza del mismo modo y bajo los mismos términos que los trabajadores chilenos. La única diferencia está en que necesariamente deberá partir cotizando en AFP “Plan Vital” (año 2018) y AFP «Modelo» (año 2019), pudiendo cambiarse a otra AFP a futuro.

¿Qué sucede con los montos aportados a mi cotización si deseo irme de Chile?

Si el extranjero desea definitivamente irse de Chile, pueden retirarse los fondos de la AFP iniciando un proceso administrativo donde se deberá acreditar y ratificar dicha manifestación de voluntad en la forma señalada en la ley Nº 18.156.

 Si usted posee dudas sobre el procedimiento, le han incumplido el pago de cotizaciones previsionales o desea retirar fondos ¡Estamos listos para ayudarle!

Artículo escrito por Matías Conejero Müller, abogado de Vivir en Chile.

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8 Comentarios

  1. Antes Alvarez 16/11/2018 en 10:25 am - Responder

    Hola, disculpa, en el tiempo en que duré con mi Rut en trámite no me pagaron mis imposiciones, sólo me pagaban mi sueldo líquido. Tampoco me inscribieron co Rut provisorio… Que se hace en ese caso? Ya que mis imposiciones que no me pagaron en ese tiempo pues yo igual trabaje y son parte denlo sueldo…. Que debo hacer?? Excelente artículo. Muchas gracias por su ayuda.

    • Constanza Condori 27/02/2019 en 11:40 am - Responder

      Hola, Anges! Nos vemos esos temas, pero como trabajadora tenías derecho a que se pagaran tus cotizaciones y por tanto, a hacer la denuncia correspondiente ante la Inspección del Trabajo.

  2. Mauro 10/12/2018 en 5:34 pm - Responder

    Hola, q pasa si no alcanza a cotizar para renovar su cedula de identidad, de temporaria a definitiva..? En el tiempo de 9 cotizaciones…?

    • Constanza Condori 16/01/2019 en 12:23 pm - Responder

      Hola, Mauro! Si no alcanzara a cotizar el mínimo, es preferible que solicite una prórroga de visa.

  3. Teo 31/01/2019 en 10:09 am - Responder

    Si cotizo por menos del minimo, pero exigen que sean al cotizaciones por el minimo, puedo pagar yo la diferencia de los meses cotizados para poder pedir la residencia definitiva.

    • Constanza Condori 27/02/2019 en 10:52 am - Responder

      Hola, Teo! Es preferible que aclares esa duda con una autoridad competente, como el DEM.

  4. Danko 11/02/2019 en 11:28 am - Responder

    Hola, mi empleador me ofrecio un trabajo de 11 horas diarias de lunes a sabado por 400mil, pero en el contrato puso 305mil, ahora en el mes de enero me desconto 90,053 pesos por pago de cotizaciones, en otros trabajos me pagaban 300mil y me descontaban 55mil, porque ahora pago mas imposiciones????

    • Constanza Condori 11/02/2019 en 3:33 pm - Responder

      Hola, Danko! Tendríamos que revisar ese contrato de trabajo. Si le interesa nuestra asesoría, envíe un correo a [email protected]

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