Se reabre la frontera aérea chilena para extranjeros sin residencia

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Se reabre la frontera aérea chilena para extranjeros sin residencia

El día jueves 12 de noviembre en nuestro Diario Oficial fue emitido el Decreto N° 500 por parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. El decreto renueva el cierre de fronteras por otros 15 días, lo cual se ha sostenido de tal forma desde el 18 de marzo de 2020. Sin embargo, introduce una nueva excepción que dice así:

  “Artículo cuarto: Dispóngase, a contar de las 00:00 horas del día 23 de noviembre de 2020, como lugar habilitado para el tránsito de extranjeros hacia el territorio nacional el Aeropuerto Arturo Merino Benítez (SCL). 

  En todo caso, el ingreso de personas al territorio chileno, sean nacionales o extranjeros deberá realizarse en cumplimiento de la normativa sanitaria vigente. Déjase constancia que se mantiene el cierre del resto de los lugares habilitados para el tránsito de extranjeros hacia el territorio nacional, en los términos de lo dispuesto en el inciso primero del artículo primero y el artículo segundo.”

En otras palabras, se ha reabierto la frontera a los no-residentes o turistas, que hagan ingreso al país por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez. Dicha medida tendrá efectos a partir del día 23 de noviembre a las 00:00 horas.

Para evitar mayores inconvenientes, es importante tener en cuenta que se mantienen las medidas sanitarias para quienes hagan ingreso al país, por lo que además de pasar por un control migratorio, la persona pasará por un control sanitario. En pocas palabras, el proceso consistirá en las siguientes etapas:

  • La persona debe hacer ingreso habiendo rellenado la Declaración Jurada del Viajero, cuyo formulario puede ser descargado en c19.cl Este documento deberá ser presentado a la Autoridad Sanitaria.
  • Mantener cuarentena estricta por 14 días en la dirección señalada en la Declaración Jurada del Viajero. Durante ese plazo será objeto de seguimiento por parte de la Autoridad Sanitaria.

Excepción a la cuarentena: Podrá eximirse la persona que se haya realizado un test PCR hasta 72 horas antes del ingreso a Chile, presentando el resultado negativo del examen emitido por un laboratorio certificado a la Autoridad Sanitaria. También podrá eximirse del total de 14 días la persona que, durante aquel lapso de tiempo, se realice un test PCR en Chile y este arroje resultados negativos.

Esta positiva medida traerá tranquilidad a personas extranjeras que, por diversos motivos, requieran ingresar a Chile. Ahora será tarea de todos seguir las reglas antes mencionadas para que dicha medida se mantenga en el tiempo y podamos sobrellevar de mejor forma el actual escenario de pandemia.

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