Cantidad de Extranjeros que pueden trabajar en una empresa en Chile

contrato de trabajo

Producto de la desinformación existe un grave prejuicio respecto al número de trabajadores extranjeros que pueden trabajar en una compañía chilena. Erróneamente, la principal creencia es que TODAS las empresas chilenas cuentan con un límite máximo de trabajadores extranjeros que pueden trabajar dentro de ella.

Es importante aclarar que la legislación chilena actual sobre la materia, al momento de regular la cantidad de trabajadores extranjeros que pueden servir a un mismo empleador, señala que el 85% de sus trabajadores deben ser chilenos, dejando así espacio para un 15% de trabajadores extranjeros dentro de la empresa.

Ahora, esta regla es solo aplicable a aquellos empleadores que tienen más de 25 trabajadores.

A modo de ejemplo, si una empresa tiene en total 10 trabajadores no se encuentra limitada en cuanto a la cantidad de trabajadores extranjeros que pueda contratar. Por tanto, los 10 trabajadores pueden perfectamente ser extranjeros. En cambio, si la empresa tuviese 100 trabajadores, solo 15 podrían ser extranjeros.

Reglas para computar:

Si bien el Código del Trabajo nos entrega las reglas a seguir, también nos entrega las excepciones. Es importante señalar que aun cuando una empresa cuente con un número mayor a 25 trabajadores, se aplicarán estas excepciones, contando como trabajador chileno a aquellos que siendo extranjeros cumplan con alguna de estas condiciones:

1.- Se excluirá al personal técnico especialista;

2.- Se tendrá como chileno al extranjero cuyo cónyuge o conviviente civil o sus hijos sean chilenos o que sea viudo o viuda de cónyuge chileno, y

3.- Se considerará también como chilenos a los extranjeros residentes por más de cinco años en el país, sin tomarse en cuenta las ausencias accidentales.

Asimismo, para hacer el cálculo de la cantidad de trabajadores, se debe considerar el total de estos dentro del territorio nacional, no el de las distintas sucursales separadamente.

Finalizamos recordando que está medida podría ser modificado en caso de que alguno de los proyectos de ley que han sido presentados sobre la materia avanzara en su tramitación. Estos proyectos varían en su alcance, algunos buscan la eliminación de la distinción entre chilenos y extranjeros, otros la disminución del porcentaje de trabajadores chilenos exigido, y otros aumentan las excepciones del artículo 20 ya señalado. Más, hasta el momento, ninguno de estos proyectos ha tenido mayor impacto legislativo ni ha generado mayor interés en su tramitación. Por supuesto, cuando exista una modificación la haremos saber a través de nuestros medios de difusión.

Artículo escrito por Camila Diaz Olguín, equipo de Vivir en Chile.

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4 Comentarios

  1. Domingo 08/11/2018 en 8:06 am - Responder

    Hola buenos días soy de Bolivia en año pasado tuve mi rut temporaria en chile desde 03-03-2017 Hasta 03–03–2018 y yo me veni a Bolivia en mes de agosto y ahora como puedo hacer para estar en chile

    • Constanza Condori 18/01/2019 en 10:16 am - Responder

      Hola, Domingo! Debes volver a solicitar una visa.

  2. andrea 17/02/2019 en 2:18 pm - Responder

    Como realizo el tramite del rut temporario, tengo el rut de inversionista, pero no el rut temporario, soy de Argentina

    • Constanza Condori 20/02/2019 en 1:51 pm - Responder

      Hola, Andrea! Creemos que podrías tener una confusión. Si le interesa ser asesorada por nosotros, envíe un correo a [email protected] explicando su inquietud.

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