A modo general, las empresas extranjeras pueden elegir tres opciones:

Crear una Filial o Agencia de una Sucursal o Sociedad Controladora.
Constitución de una Sociedad Comercial Autónoma en Chile.
Adquisición o Fusión.

En cuanto a estas alternativas, generalmente el cliente puede escoger libremente. Las únicas excepciones son encontradas en los mercados regulados, como Instituciones Bancarias o Corredoras de Bolsa, quienes deben actuar según mande la ley especial.